• Búsqueda de la excelencia a través de mecanismos externos de evaluación de su actividad.

Complementos de reconocimiento a la labor docente e investigadora: solicitud

  1. Los solicitantes deberán cubrir telematicamente la instancia (anexo I), común para ambos complementos, y las memorias de autoevaluación (anexo II.A y II.B), en los modelos disponibles en la aplicación informática a la que se podrá acceder a través de la página web: www.acsug.es.No se valorarán las solicitudes que no fueran cubiertas telematicamente.
  2. Las solicitudes que se presenten deberán indicar con un aspa para cual o cuales de las retribuciones adicionales se solicita la valoración. En caso de que se solicite la valoración previa de las dos retribuciones se hará en la misma instancia.
  3. Una vez cubierta la instancia (anexo I) deberá guardarse y presentarse en los lugares señalados en el apartado 5, debidamente firmada, junto con la documentación que se relaciona a continuación, siempre que esta no fuera remitida telematicamente:
    • Copia del DNI o documento equivalente, sólo en el caso de denegar expresamente a la ACSUG la consulta de sus datos en el sistema de verificación de datos de identidad de conformidad con el dispuesto en el Decreto 255/2008, de 23 de octubre (DOG de 13 de noviembre).
    • Además, en función del complemento retributivo para el cual se solicite la valoración, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
      1. Para el complemento de reconocimiento a la labor docente:
        • Breve memoria de autoevaluación de la labor docente que se presentará de acuerdo con el modelo normalizado que se publica a tal efecto como anexo II.A.
      2. Para el complemento de reconocimiento a la labor investigadora:
        • Justificante del grado de doctor, sólo en el caso de denegar expresamente a la ACSUG  su consulta ante el Ministerio de Educación (este requisito no será necesario para los solicitantes que sean profesores de cuerpos docentes en los que se exija el título de doctor, circunstancia esta última que se deberá hacer constar en la solicitud).
        • Breve memoria de autoavaliación do labor investigador que se presentará de acordo co modelo normalizado que se publica para o efecto como anexo II.B
    • Otros documentos que la persona solicitante considere relevantes.
  4. Para la comprobación del cumplimento de los demás requisitos exigidos en la base tercera y no especificados en los dos puntos anteriores, la ACSUG solicitará a las universidades del SUG una lista oficial en la que se certifique si los solicitantes están integrados en el de personal docente e investigador de la universidad que le corresponda, en los términos exigidos e esa base.
  5. La presentación de las solicitudes junto con el resto de documentación se hará en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluído el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365)

    En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios en la sede electrónica, podrán dirigirse al teléfono de información 012.